Resolución No. 411 CGN
- diciembre 4, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Resolución No. 411 CGN
Por la cual se establece la información a reportar, los requisitos, plazos y características de envío a la Contaduría General de la Nación y se deroga la Resolución 706 de 2016
RESOLUCIÓN No. 411 DE 2023 – REQUISITOS Y PLAZOS
ARTÍCULO 1 °. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La información, requisitos, plazos y características que se establecen en la presente resolución, son de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas sujetas al ámbito de aplicación del RCP.
ARTÍCULO 2°. CATEGORÍAS DE INFORMACIÓN A REPORTAR. Se definen las siguientes categorías de información para el reporte a la CGN: Información Contable Pública – convergencia (ICPC); Evaluación del Control Interno Contable (ECIC); y, Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME).
ARTÍCULO 3°. MEDIO DE PRESENTACIÓN. El Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) es el único medio de reporte oficial de las categorías enunciadas en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°. RESPONSABLES. El representante legal y el contador público que tenga a su cargo la contabilidad de la entidad y en los casos que aplique, el revisor fiscal, serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los requisitos, plazos y características para el reporte de la información a la CGN.
La responsabilidad del contador público se circunscribe a las normas que al respecto establece la Ley 43 de 1990, el Decreto 2420 de 2015 y demás normas vigentes que le apliquen.
La responsabilidad del revisor fiscal se circunscribe a las normas que al respecto están integradas en el Código de Comercio, la Ley 43 de 1990, la Resolución 172 de 2023 expedida por la CGN, los estatutos de la entidad a la cual está vinculado y las demás normas vigentes que le apliquen.
El reporte del informe ECIC, es responsabilidad del Representante Legal de la entidad y del jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces, de conformidad con el procedimiento transversal para la evaluación del control interno contable.