Decreto No. 0175 – Medidas Tributarias Catatumbo

Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar

Artículo 1. Impuesto sobre las ventas -IVA en los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior. Los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, en el territorio nacional o desde el exterior, estarán gravados con el impuesto sobre las ventas -IVA. En consecuencia, la expresión “y de los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet’ del literal e) del artículo 420 del Estatuto Tributario y demás normas que resulten contrarias a la medida, no serán aplicables a partir del quinto día hábil siguiente a la publicación del presente decreto.

DECRETO 0175 DEL 14 DE FEBRERO DE 2025


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