Título minero – adquisición derechos
- agosto 14, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Título minero – adquisición derechos
Pregunta 1. ¿Es correcto reconocer en la contabilidad este tipo de contratos como un intangible?
Pregunta 2. ¿Cómo debe realizarse o que se debe considerar para la medición posterior de este activo?
Pregunta 3. ¿El valor que entregó el avalúo técnico realizado por expertos en el tema minero y de acuerdo con los parámetros definidos para este fin, tiene que ser el que se vea reflejado en la contabilidad de la sociedad?
Pregunta 4. En la sociedad se analizó el avalúo técnico del título minero y considerando otras variables, se llegó a la conclusión de que el valor allí indicado estaba muy por encima de la realidad. ¿Puede la contabilidad soportarse en este tipo de análisis interno a partir de un avalúo técnico, para reflejar en los estados financieros el valor del activo determinado internamente y no lo que el avalúo reflejó? ¿Qué debería dejarse como soporte de la valoración?
Pregunta 5. ¿Cuál debería ser el registro contable de la valorización del activo?
Pregunta 6. ¿El activo intangible debe amortizarse una vez se inicia la fase de explotación?
Pregunta 7. ¿El tiempo definido para la amortización debe hacerse según el tiempo concedido en el contrato de cesión de derechos?
Pregunta 8. ¿Es obligatorio para la sociedad realizar avalúos técnicos para determinar o actualizar el valor de activo intangible? ¿Cada cuánto tiempo?
CTCP 2024-0248