Terminación vínculo contractual del Contador

Terminación vínculo contractual del Contador

En síntesis, este consejo considera que para dar adecuada terminación del vínculo contractual del contador, es importante revisar los compromisos adquiridos dentro del contrato de prestación de servicios y las normas relativas al ejercicio profesional como la Ley 43 de 1990 y la Ley 1314 de 2009, entre otras.

En todo caso, al finalizar un contrato de prestación de servicios, es deseable que el Contador Público y la administración de una entidad elaboren un acta de entrega en la que se consignen los asuntos pendientes y aquellos adicionales que se requieran, y que se planifique el tiempo y los recursos necesarios para realizar esta actividad. Si la administración requiere que se realicen tareas que no han sido iniciadas y que no están dentro del contrato, deberá tenerse en cuenta que el Contador Público tiene derecho a percibir una retribución económica, de acuerdo con su capacidad científica y técnica, y conforme al acuerdo contractual que ha sido suscrito entre el contador público y el usuario de sus servicios. También se tendrán en cuenta las normas legales que regulan la finalización de un contrato de trabajo.

Terminación vínculo contractual del Contador


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