Software contable de propiedad de terceros

Referente al tema de entrega del backup de la información contable cuando hay un cambio del profesional que presta los servicios contables, el CTCP se pronunció al respecto en el concepto 2023-0452, de la siguiente manera:

“(…) si el software contable es de propiedad del contador que presta los servicios de teneduría de libros, se entendería que la entidad usuaria de tales servicios ha tomado las previsiones necesarias para cumplir los requerimientos de las normas profesionales, legales y reglamentarias en las que se establecen las directrices relacionadas con el sistema documental contable. Esto implica, que en los contratos de prestación de tales servicios se deberá establecer la forma en que se conservarán los libros, soportes, comprobantes y archivos de la entidad, los cuales son propiedad de la entidad, y que representan los soportes sobre la cual se elaboran los estados financieros de propósito general, los cuales están dirigidos a usuarios que no tienen acceso a la información de la entidad, así como también, sirven de soporte para la preparación de las declaraciones tributarias. (…)

CTCP 2024-0344


Deja una respuesta


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.