Renuncia del Contador Público en firma de auditoría

Renuncia del Contador Público en firma de auditoría

“(…) El procedimiento de renuncia del contador en una entidad corresponderá con lo siguiente:

  • La renuncia al cargo de contador en una entidad deberá realizarse teniendo en cuenta el contrato suscrito entre las partes, de tal manera que si la relación contractual es empleador-empleado, deberán observarse las normas establecidas en el Código Sustantivo de Trabajo; pero, si la relación contractual es como contratista, entonces se observarán lo pactado en el contrato suscrito; y
  • Al terminar su servicio, se recomienda al contador externo saliente, realizar y elaborar un informe de empalme con destino a la gerencia de la entidad o a la persona a la cual prestaba sus servicios. (…)

(…) al renunciar al cargo de contador público en una entidad, es de especial relevancia que se considere el tipo de contrato suscrito por la entidad, por cuanto podría haber diferencias significativas entre una vinculación mediante un contrato laboral, de término fijo o indefinido, y un contrato de prestación de servicios”.

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