Reconocimiento diferencia en cambio
- diciembre 14, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Reconocimiento diferencia en cambio
“(…) 1. Como debo contabilizar la diferencia en cambio NIIF en una entidad clasificada como NIIF Pymes, donde las inversiones que son fondos en moneda extranjera están valoradas al costo; si nos remitimos sección 30.9 esta menciona lo siguiente:
30,9 Al final de cada periodo sobre el que se informa, la entidad:
(a) convertirá las partidas monetarias en moneda extranjera utilizando la tasa de cambio de cierre;
(b) convertirá las partidas no monetarias que se midan en términos de costo histórico en una moneda extranjera, utilizando la tasa de cambio en la fecha de la transacción; y
(c) convertirá las partidas no monetarias que se midan al valor razonable en una moneda extranjera, utilizando las tasas de cambio en la fecha en que se determinó dicho valor razonable.
El cierre del periodo es 31 de diciembre o debe realizarse cada mes , la inquietud reside en los periodos si menciona al final del periodo del que se informa seria al cierre 31 de diciembre , la inquietud es si realmente se debería realizar al cierre o mensual.”(…)