Reconocimiento de ingresos IPS
- septiembre 18, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categorías: Contable, Impuestos
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CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) Una IPS perteneciente al grupo 2 (NIIF para Pymes), realiza la prestación de un servicio de salud el día 25 de octubre de 2022 a una EPS, el día 05 de noviembre de 2022 realiza la respectiva factura electrónica, el día 10 de diciembre de 2022 radica la factura con los soportes correspondientes ante la EPS, el día 30 enero de 2023 la EPS envía el mensaje electrónico de recepción de los servicios adquiridos, luego el 3 de febrero al no haber recibido el mensaje de aceptación expresa, la IPS realiza el envío de la aceptación tácita de la factura convirtiéndola en título valor.
Teniendo en cuenta las anteriores situaciones:
- ¿En qué mes/año se debe reconocer el valor del servicio prestado como ingreso?
- Teniendo en cuenta el proceso que debe surtir una factura en el sector salud, desde el momento de la prestación del servicio hasta el pago por parte de la EPS, ¿qué debe tener en cuenta la IPS para el reconocimiento del ingreso y tener la certeza de reconocer la cuenta por cobrar como instrumento financiero?
- Una factura electrónica de un servicio que ya se prestó, pero no se ha radicado a la EPS ¿se considera ingreso?
- Teniendo en cuenta la nueva normatividad de reconocimiento de facturas como título valor, los mensajes electrónicos de confirmación del recibo de la factura y de los servicios adquiridos, así como la aceptación expresa o tácita, ¿tienen alguna implicación para el reconocimiento del ingreso por parte del vendedor?”