Reconocimiento contable de transferencias del exterior en entidades sin ánimo de lucro: criterios de clasificación según sustancia económica

Reconocimiento contable de transferencias del exterior en entidades sin ánimo de lucro: criterios de clasificación según sustancia económica

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), mediante el Concepto 2026-0082, precisa el tratamiento contable aplicable a los recursos transferidos desde una matriz en el exterior a una fundación en Colombia para la ejecución de proyectos específicos. En este contexto, señala que el reconocimiento de dichas transferencias no depende de su origen, sino de la sustancia económica del acuerdo, lo que exige evaluar el rol de la entidad receptora como principal, ejecutor o administrador de recursos de terceros. En función de este análisis, los recursos podrán clasificarse como ingresos (incluso diferidos) o como pasivos, descartándose, en principio, su reconocimiento como aportes patrimoniales cuando existan restricciones de destinación o obligaciones de ejecución. Asimismo, reitera la necesidad de aplicar el marco técnico normativo correspondiente (NIIF o NIIF para PYMES), garantizando la adecuada revelación y representación fiel de las transacciones.

CTCP 2026-0082


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