Propiedades de inversión – Reconocimiento y medición

Propiedades de inversión – Reconocimiento y medición

“(…) Soy Revisor Fiscal de una Entidad que entre sus activos tiene varios bienes inmuebles, de los cuales, cuatro (4) utiliza para el desarrollo de sus actividades y 21 inmuebles arrienda a terceros mediante arrendamiento operativo.

Las preguntas son las siguientes:

  1. Los bienes inmuebles que se arriendan se deben tratar como propiedades, planta y equipo?
  2. Si la Administración decide tratar estos inmuebles como propiedades de inversión, debe registrar en resultados la variación del valor razonable, es decir, dentro del resultado del ejercicio del periodo que informa y no en otro resultado integral?
  3. Se pueden tratar como propiedades de inversión y el mayor valor razonable registrarlo incrementando el valor de estas en débito y como contrapartida incrementar el patrimonio, para no registrar en el resultado el incremento del valor razonable?”

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