Propiedad Horizontal – Expensas comunes necesarias (cuotas de administración)
- febrero 21, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Propiedad Horizontal – Expensas comunes necesarias (cuotas de administración)
“(…) El reglamento del Conjunto Residencial (…) ha aprobado la siguiente norma en su reglamento de propiedad horizontal:
“ARTÍCULO 25. Las cuotas de que trata el artículo anterior que no sean canceladas dentro de los 10 primeros días calendario de cada mes, se les sumará el cobro de multa correspondiente a VEINTE MIL PESOS MCTE ($20.000)”.
El anterior inciso hace referencia a las cuotas de administración.
La consulta en sí, es verificar si ¿es dable o es posible que la propiedad horizontal de carácter residencial pueda estipular el tiempo límite para pago de las cuotas de administración correspondientes a un mes de vigencia o por el contrario el pago de la cuota de administración tiene vigencia durante el mes? Y adicional a ello, consultamos: si ¿el valor por 20.000 es correcto o propicio para hacer el cobro de dicho recargo o multa, o en su defecto el valor debe estar ajustado a otros parámetros de ley?”
Propiedad Horizontal – Expensas comunes necesarias (cuotas de administración)