Préstamos a socios – reconocimiento intereses implícitos

Préstamos a socios – reconocimiento intereses implícitos

La NIIF para las Pymes establece que los ingresos por intereses implícitos deben reconocerse cuando se cumplan los criterios de reconocimiento establecidos en la norma:

“2.36 Una entidad elaborará sus estados financieros, excepto en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de acumulación (o devengo). De acuerdo con la base contable de acumulación (o devengo), las partidas se reconocerán como activos, pasivos, patrimonio, ingresos o gastos cuando satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento para esas partidas. (…) Resaltado propio

Ingresos 

2.41 El reconocimiento de los ingresos procede directamente del reconocimiento y la medición de activos y pasivos. Una entidad reconocerá un ingreso en el estado del resultado integral (o en el estado de resultados, si se presenta) cuando haya surgido un incremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un incremento en un activo o un decremento en un pasivo, que pueda medirse con fiabilidad.”.

CTCP 2024-0257


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