Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 005707 del 5 de agosto de 2019 “Por la cual se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta”.

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 005707 del 5 de agosto de 2019 “Por la cual se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta”.

RESUELVE

Artículo 1. Modificar los numerales 6 y 7 del artículo 1 de la Resolución 5707 del 5 de agosto de 2019, los cuales quedarán así:

“6.  No presentar pérdidas fiscales en los últimos tres (3) años gravables anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y que la misma no tenga su origen en la aplicación de beneficios tributarios, para lo cual se requiere que al momento de la solicitud se adjunte certificación emitida por contador público o revisor fiscal que así lo demuestre.   7.   Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, en cuanto a la presentación y pago de las mismas, a la fecha de radicación de la solicitud y durante el término de estudio de ésta.”

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 15 al 24 de diciembre de 2023, a través del siguiente buzón: subdir_recaudo@dian.gov.co

Este buzón es de uso exclusivo para recibir únicamente comentarios al proyecto de resolución, favor abstenerse de enviar comunicaciones diferentes. Una vez vencido el termino de publicación aquí previsto no se recibirán comentarios.

Descarga aquí el Proyecto de Resolución



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