Plazos para declarar y pagar Impuestos Nacionales en marzo de 2025
- febrero 28, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
Le recordamos las siguientes obligaciones para el mes de Marzo de 2025, según el último dígito del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con lo establecido en el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023.
Para el mes de marzo de 2025, las obligaciones tributarias a cumplir son:
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- correspondiente al bimestre enero – febrero, entre el 11 al 25 de marzo.
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto sobre las Ventas – IVA- a cargo de los prestadores de servicios desde el exterior, por el bimestre enero – febrero, hasta el 14 de marzo.
- Presentación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, todo agente de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al mes de febrero, entreel 11 y el 25 de marzo.
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Consumo (incluyendo bolsas plásticas y cannabis), correspondiente al bimestre enero – febrero, entre el 11 al 25 de marzo.
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, correspondiente al mes de febrero, hasta el14 de marzo.
- Personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa – PES en Colombia – pagos bimestrales enero – febrero, hasta el 14 de marzo.
- Presentación y pago de la Declaración del Impuesto Nacional al Carbono, correspondiente al bimestre enero – febrero, hasta el 14 de marzo.
- Presentación y pago del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, correspondiente al bimestre enero – febrero, hasta el 14 de marzo.
- De acuerdo con los nuevos parámetros establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.39 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria DUR 1625 de 2016 (actualizado con el Decreto 2229 de 2023), la presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros – GMF, por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente.
Consultar link https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario-GMF-2025.pdf#search=gmf
Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas:
- Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.
- La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.
- La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.
Parágrafo. Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.
Notas de interés.
Señor contribuyente, lo invitamos a consultar el portal web denominado “Compilación jurídica TACI–DIAN” alojado en nuestra página, www.dian.gov.co. Al ingresar encontrará el “Normograma DIAN”, con normativa, doctrina y jurisprudencia en materia tributaria, aduanera, cambiaria y otros temas de competencia de la entidad. Los interesados podrán acceder desde dispositivos portátiles y celulares.
El servicio cuenta con una sección especial de Novedades con boletines periódicos de noticias incorporadas, clasificadas por período, tipo de documento, entidad y orden cronológico. A continuación, se destacan algunas Novedades publicadas en enero de 2025.
Novedades Tributarias publicadas en el portal web de la DIAN:
- El 07 de enero de 2025 la DIAN expide Concepto 000033 Tributario (Int 4) relacionado con las cuentas por cobrar derivadas de exportaciones, vinculadas al giro ordinario de los negocios del contribuyente deben incluirse en la declaración de activos en el exterior. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace:
https://normograma.dian.gov.co/dian/compilacion/docs/oficio_dian_0033_2025.htm?
- El 09 de enero de 2025 la DIAN expide Concepto 000458 (Int 26) el cual trata de la procedencia de recursos contra declaratoria de silencio administrativo en materia tributaria, cambiaria y aduanera. Consultar el texto completo en el siguiente enlace:
https://www.dian.gov.co/Contribuyentes-Plus/Documents/4-CONCEPTO-000458-int-26-DE-2025-ENERO-9.pdf
Normas expedidas en enero de 2025:
La Resolución 000003 del 21 de enero de 2025, por la cual se prescribe el Formulario No. 430 “Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM” para el año gravable 2025 y siguientes. Podrá leer su contenido en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000003%20de%2021-01-2025.pdf
Resolución 000004 del 24 de enero de 2025, por la cual se prescribe el Formulario No. 115 “Declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de contribuyentes con presencia económica significativa – PES en Colombia” para el año gravable 2024 y siguientes. El texto completo lo encuentra en: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000004%20de%2024-01-2025.Pdf
Resolución 000008 del 31 de enero de 2025, por la cual se ajustan las tarifas del Impuesto Nacional a la gasolina y al ACPM y del Impuesto nacional al carbono. Consultar el texto completo en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000008%20de%2031-01-2025.pdf
Para consultar el Calendario Tributario 2025, el enlace habilitado es: Calendario_Tributario_2025.pdf