Novena adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas Jurídicas

Novena adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta a cargo de las personas Jurídicas

¿La utilidad contable (UC) de las cajas de compensación familiar para efectos de la Tasa de Tributación Depurada (TTD) comprende actividades distintas de las comerciales, industriales y financieras?

No. Respecto del tratamiento tributario de las cajas de compensación, el artículo 19-2 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 141 de la Ley 1819 de 2016, establece:

«Artículo 19-2. Tratamiento tributario de las cajas de compensación. Las cajas de compensación serán contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios respecto a los ingresos generados en actividades industriales. comerciales y en actividades financieras distintas a la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con las actividades meritorias previstas en el artículo 359 del presente Estatuto.

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