Empresas con regímenes especiales tendrán nuevos requisitos de reporte ante la Supersociedades
- julio 24, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Comercial
La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa No. 100-000021 de 2026, mediante la cual unificó y actualizó los requerimientos de información para las empresas de mercadeo multinivel, factoring, libranza y Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial (SAPAC). La norma establece un esquema de reportes cuatrimestrales a través de SIRFIN, con nuevos formatos y certificaciones, con el propósito de fortalecer los procesos de inspección, vigilancia y control.
Superintendencia de Sociedades expide circular de requerimiento de información de carácter especial (CRICE)
Publicado 23/07/26
Bogotá D.C., 23 de julio de 2026. La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa No. 100-000021 de 2026, mediante la cual se unifican, sistematizan y actualizan los requerimientos de Información de Carácter Especial (CRICE) aplicables a los sujetos supervisados por la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales.
La nueva Circular establece un marco uniforme para la remisión periódica de información por parte de las compañías que desarrollan actividades de mercadeo multinivel, las Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial (SAPAC), las sociedades que realizan operaciones de libranza o descuento directo y las empresas de factoring sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades.
La medida busca fortalecer las funciones de inspección, vigilancia y control mediante la estandarización de la información requerida, la racionalización de los requerimientos y el fortalecimiento de los mecanismos de monitoreo sobre actividades empresariales que, por su naturaleza, demandan esquemas de supervisión especial.
La Circular dispone que la información deberá ser presentada a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros (SIRFIN), mediante la Taxonomía 90 – Información de Régimen Especial (IRE), incorporando puntos de entrada específicos para cada una de las actividades supervisadas.
Los sujetos obligados deberán presentar la información con periodicidad cuatrimestral, de acuerdo con los siguientes períodos de reporte:
- Del 1 de enero al 30 de abril, con plazo máximo de presentación hasta el 31 de mayo.
- Del 1 de mayo al 31 de agosto, con plazo máximo de presentación hasta el 30 de septiembre.
- Del 1 de septiembre al 31 de diciembre, con plazo máximo de presentación hasta el 31 de enero del año siguiente.
La Circular también establece la obligación de adjuntar una certificación suscrita por el representante legal, mediante la cual se acredite que la información reportada fue preparada con base en los registros contables y financieros de la entidad y que se cumplen las obligaciones aplicables a la actividad supervisada.
Adicionalmente, las SAPAC deberán remitir información complementaria relacionada con los grupos de suscriptores, cuotas devueltas y cuotas pendientes por devolver, utilizando los formatos definidos por la Entidad para tal fin.
Con esta iniciativa, la Superintendencia de Sociedades avanza en el fortalecimiento de un modelo de supervisión basado en información oportuna, homogénea y de calidad, que contribuya a una mejor identificación de riesgos, al seguimiento de los sectores supervisados y a la protección de los diferentes grupos de interés vinculados a estas actividades empresariales.
La superintendente de Sociedades (e), Nini Johanna Castañeda Quintero, señaló: “Con esta Circular Externa No. 100-000021 de 2026 (CRICE) seguimos fortaleciendo un modelo de supervisión basado en información oportuna, homogénea y de calidad, que nos permite ejercer con mayor eficacia nuestras funciones de inspección, vigilancia y control. La Superintendencia de Sociedades reafirma así su carácter como una de las entidades más técnicas del país, promoviendo reglas claras, mayor seguridad jurídica y un entorno de confianza para las empresas que desarrollan actividades sujetas a regímenes especiales, en beneficio del tejido empresarial y de los diferentes grupos de interés”.
La Circular Externa No. 100-000021 de 2026 y sus respectivos instructivos, formatos y documentos de apoyo se encuentran disponibles para consulta a través de los canales institucionales de la Superintendencia de Sociedades.
Consulte la Circular dando clic AQUÍ
