Normatividad vigente para la reducción de las sanciones y de la tasa de intereses moratorios a causa de la presentación extemporánea o inexacta de las declaraciones tributarias

El artículo 93 de la Ley 2277 de 2022 solo fue aplicable para las obligaciones tributarias pendientes a 31 de diciembre de 2022 que se presentarán antes del 31 de mayo de 2023 con pago o acuerdo de pago suscrito antes del 30 de junio de 2023, y de haberse cumplido con las condiciones previstas en la norma, el contribuyente accedía a una reducción del 60% del monto a pagar.

Actualmente, no existe una reducción de sanciones y de tasa de interés moratorio vigente por lo que solo es posible aplicar el artículo 640 del Estatuto Tributario.

El contribuyente que tenga un crédito fiscal a su favor, podrá utilizarlo para efectuar el pago de las sanciones e intereses moratorios derivados de las declaraciones tributarias no presentadas o presentadas de manera extemporánea o errónea, así como para efectuar el pago de los impuestos que tenga a su cargo.

CONCEPTO 006261 DIAN


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