Las reformas estatutarias deben ser inscritas en el Registro Mercantil – SAS
- enero 18, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Comercial
Las reformas estatutarias deben ser inscritas en el Registro Mercantil – SAS
“ARTÍCULO 29. REFORMAS ESTATUTARIAS. Las reformas estatutarias se aprobarán por la asamblea, con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones presentes en la respectiva reunión. La determinación respectiva deberá constar en documento privado inscrito en el Registro Mercantil, a menos que la reforma implique la transferencia de bienes mediante escritura pública, caso en el cual se regirá por dicha formalidad.”
Con base en la norma citada, frente a su inquietud, bajo una óptica jurídica diáfana que no admite interpretación diferente, es claro que todas las reformas estatutarias que realice una sociedad por acciones simplificada deben ser inscritas en el registro mercantil; la diferencia que hace la norma radica en que la reforma estatutaria puede constar en documento privado6, en contraste con las sociedades que se rigen en su integridad por el Código de Comercio.
LAS REFORMAS ESTATUTARIAS DEBEN SER INSCRITAS EN EL REGISTRO MERCANTIL – S.A.S.