Impresión – Soportes contables
- octubre 24, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Impresión – Soportes contables
“ARTICULO 6. SOPORTES.
Teniendo en cuenta los requisitos legales que sean aplicables según el tipo de acto de que se trate, los hechos económicos deben documentarse mediante soportes, de orígenes internos o externos, debidamente fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o los elaboren. Los soportes deben adherirse a los comprobantes de contabilidad respectivos o, dejando constancia en estos de tal circunstancia, conservarse archivados en orden cronológico y de tal manera que sea posible su verificación. Los soportes pueden conservarse en el idioma en el cual se hayan otorgado, así como ser utilizados para registrar las operaciones en los libros auxiliares o de detalle”.
Por lo anterior, los documentos que cumplan con lo señalado anteriormente podrán ser considerados como soportes para efectos contables, debidamente impresos o en medio virtuales, siempre que se garantice su verificación. Ejemplos de este tipo de soportes pueden ser: facturas o documentos equivalentes, recibos de caja, cuentas de cobro, contratos, escrituras públicas, notas debido o crédito, notas de contabilidad, comprobantes de ingreso o egreso, recibos de caja, consignaciones, remisiones, órdenes de compra, pagares, entradas o salidas de almacén, entre otros.
Así mismo, es pertinente se tenga en cuenta lo establecido en la Ley 527 de 19993 sobre la validez jurídica de los mensajes de datos, lo cual puede complementar con el concepto CTCP 0700 de 20214, emitido por este Organismo”. Subrayado fuera de texto.