Gobierno actualiza los marcos técnicos de información financiera para los Grupos 1 y 2

Gobierno actualiza los marcos técnicos de información financiera para los Grupos 1 y 2

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 701 de 2026, mediante el cual modifica parcialmente los marcos técnicos de las Normas de Información Financiera (NIIF) aplicables a las entidades de los Grupos 1 y 2, incorporando al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 las más recientes enmiendas emitidas por el IASB y acogiendo las recomendaciones formuladas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP). Las modificaciones incluyen cambios en materia de arrendamientos, presentación de estados financieros, estado de flujos de efectivo, instrumentos financieros, impuesto a las ganancias y conversión de moneda extranjera, estableciendo además las fechas de entrada en vigor que deberán observar las entidades en Colombia.


Gobierno Nacional expide el Decreto 701 de 2026, que modifica los Marcos Técnicos de Normas de Información Financiera para los grupos 1 y 2

16 julio de 2026

  • El decreto modifica el DUR  2420 de 2015, Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, y dicta otras disposiciones. Asimismo, acoge las recomendaciones emitidas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en diciembre de 2024 a los entonces ministros de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo.

Bogotá, julio de 2026. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 701 de 2026, mediante el cual se modifican parcialmente los marcos técnicos normativos aplicables a las entidades clasificadas en los grupos 1 y 2 (Pymes) contenidos en el Decreto 2420 de 2015, Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información.

El decreto modifica parcialmente el marco técnico del Grupo 1 del DUR 2420 de 2015 respecto de las siguientes enmiendas:

  • NIIF 16 Arrendamientos – Pasivo por Arrendamiento en una Venta con Arrendamiento posterior-.
  • NIC 1 Presentación de Estados Financieros – Pasivos no Corrientes con Condiciones Pactadas-.
  • NIC 7 Estado de Flujos de Efectivo – Acuerdos de Financiación a Proveedores-
  • NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a revelar
  • NIC 12 Impuesto a las ganancias – Reforma fiscal internacional – Reglas del Segundo Pilar
  • NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera -Ausencia de Convertibilidad-.

Además, incorpora el anexo técnico correspondiente a las normas de información financiera del Grupo 1 en la Sección de anexos del DUR 2420 de 2015.

En relación con el Grupo 2, el decreto modifica parcialmente el Anexo Técnico correspondiente a las normas de información financiera para las Pymes incorporado mediante el Decreto 2483 de 2018, compilado en el DUR 2420. Para ello incorpora el ANEXO TÉCNICO 2026, ENMIENDAS Y MEJORAS DE LA NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA, GRUPO 2.

Las fechas de entrada en vigor en Colombia son las establecidas en el Decreto 701 de 2026 y no las previstas originalmente por el IASB en los estándares internacionales incorporados mediante dicho Decreto.

El Decreto 701 de 2026 incorpora las recomendaciones formuladas por el CTCP y remitidas el 31 de diciembre de 2024 a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, contenidas en el Documento Sustentación de la propuesta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) las Enmiendas Emitidas por el lASB periodo septiembre 2022 a septiembre 2023.

La expedición de este decreto cumplió el debido proceso previsto en la Ley 1314 de 2009, el cual incluyó, entre otras etapas, la publicación para comentarios y el análisis de las observaciones recibidas durante el proceso de discusión pública adelantado por el CTCP.

Documento adjunto:

Ver documento


Deja una respuesta