Estampilla Pro Universidad Nacional

Estampilla Pro Universidad Nacional

En atención a la naturaleza de la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales es una contribución parafiscal, es decir, una especie de tributo y la UVB no resulta aplicable. Por ende, las bases gravables de la Estampilla se deberán seguir determinando con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT).

3.5. Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable e interpretación del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 El artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) Creó la Unidad de Valor Básico (UVB), la cual se reajustará anualmente en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y estableció que los valores denominados y establecidos Actualmente con base en salarios mínimos o en Unidades de Valor tributario (UVT), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Básico (UVB) el año 2023.

Sin embargo, el legislador en el parágrafo 2 de la mencionada disposición estableció que “la Unidad de Valor Básico (UVB), no será aplicable a las cifras y valores aplicables a tributos, sanciones y, en general, a los asuntos previstos en las disposiciones tributarias, ni en relación con los asuntos de índole aduanera ni de fiscalización cambiaria, que se encuentren medidos o tasados en Unidades de Valor Tributario (UVT).” (Resaltado fuera de texto) Es importante mencionar que el artículo 372 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026), derogó de manera expresa el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 que ordenaba que los valores expresados en salarios mínimos se debían expresar en Unidades de Valor Tributario (UVT). No obstante, para efectos tributarios se deberá atender a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023.

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