Emisión de Estados Financieros Separados y Consolidados: Alcance Normativo y Efectos sobre la Opinión de Auditoría
- mayo 26, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
En el marco de la regulación contable colombiana, la preparación y presentación de estados financieros separados y consolidados responde a obligaciones legales y técnicas diferenciadas, principalmente establecidas en la Ley 222 de 1995 y los marcos normativos incorporados en el DUR 2420 de 2015. Aunque los estados financieros separados constituyen un insumo relevante para la elaboración de los estados financieros consolidados, estos representan juegos de información distintos con finalidades específicas. En este contexto, la normativa vigente —incluida la NIC 27 y la NIIF 10— no exige la emisión simultánea de ambos conjuntos de estados financieros, ni establece que una diferencia en sus fechas de emisión constituya, por sí misma, un fundamento para modificar la opinión del revisor fiscal. En consecuencia, cualquier evaluación sobre salvedades en el dictamen debe basarse en la existencia de incorrecciones materiales, incumplimientos normativos o limitaciones al alcance del trabajo de auditoría, conforme a las Normas de Aseguramiento de la Información aplicables.
CTCP 2026-0121
