Ejercicio profesional de un extranjero en Colombia – Perito contable
- diciembre 4, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Ejercicio profesional de un extranjero en Colombia – Perito contable
Como se observa en el artículo 13 de la Ley 43 de 1990, únicamente se exige al perito en asuntos de controversias técnico-contables, que sea contador público, lo cual se logrará a través de haber obtenido el título profesional en una universidad colombiana autorizada y obtener la inscripción como contador público ante la Junta Central de Contadores (ver artículo 3° de la Ley 43 de 1990).
Sin embargo, y teniendo en cuenta que el contador público debe seguir las normas éticas de la profesión (ver artículo 8° de la Ley 43 de 1990), cada vez que acepte ser perito debe contar con la capacidad e idoneidad necesarias para que los servicios comprometidos se realicen de forma eficaz y satisfactoria (ver artículo 37.7 de la Ley 43 de 1990).
Cuando un Contador Público actúe como perito, también tendrá en cuenta, al aceptar el encargo las disposiciones del Código de Ética que están contenidas en el anexo 4° del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios”.