Ejercicio profesional de un extranjero en Colombia
- septiembre 5, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
“Artículo 3° De la inscripción del Contador Público. La inscripción como Contador Público se acreditará por medio de una tarjeta profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores.
Parágrafo 1° A partir de la vigencia de la presente ley, para ser inscrito como Contador Público es necesario ser nacional colombiano en ejercicio de los derechos civiles, o extranjeros domiciliado en Colombia con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud de inscripción y que reúna los siguientes requisitos: (…)
- b) O haber obtenido dicho título de Contador Público o de una denominación equivalente, expedida por instituciones extranjeras de países con los cuales Colombia tiene celebrados convenios sobre reciprocidad de títulos y refrendado por el organismo gubernamental autorizado para tal efecto. (…)” Resaltado propio
En síntesis, para ejercer como contador público en Colombia, es necesario obtener la respectiva inscripción ante la JCC, la cual se acredita con la tarjeta profesional expedida por la Junta Central de Contadores, tras la homologación o refrendación requerida por la norma, del título profesional que lo reconoce como tal. El Ministerio de Educación Nacional es la entidad autorizada para llevar a cabo este proceso.
2023-0396-Ejercicio-profesional-de-un-extranjero-en-Colombia