DIAN reitera el alcance de las correcciones en las declaraciones del Régimen SIMPLE

DIAN reitera el alcance de las correcciones en las declaraciones del Régimen SIMPLE

Mediante el Concepto 012006 (Int. 1023) de 2026, la DIAN reiteró que las correcciones efectuadas al amparo del artículo 43 de la Ley 962 de 2005 únicamente proceden para subsanar errores formales que no modifiquen las bases gravables ni el impuesto declarado. La entidad recordó que las correcciones que afecten la determinación del tributo deberán realizarse conforme a los procedimientos previstos en los artículos 588 y 589 del Estatuto Tributario y precisó, además, que los contribuyentes del Régimen SIMPLE podrán acceder a los beneficios transitorios del Decreto Legislativo 240 de 2026 respecto del componente nacional del impuesto, siempre que cumplan los requisitos legales.

CONCEPTO 012006 DIAN


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