CTCP aclara la validez de las firmas mecánicas, escaneadas y electrónicas en estados financieros

CTCP aclara la validez de las firmas mecánicas, escaneadas y electrónicas en estados financieros

A través del Concepto 2026-0125, el CTCP señaló que la normativa contable colombiana no prohíbe el uso de firmas mecánicas, escaneadas o incorporadas electrónicamente en estados financieros certificados o dictaminados. No obstante, precisó que su validez debe evaluarse con base en criterios de autenticidad, integridad, confiabilidad y posibilidad de atribución al firmante, conforme a las disposiciones de la Ley 527 de 1999. Asimismo, indicó que la ubicación o disposición gráfica de las firmas dentro del documento, por sí sola, no constituye una causal de invalidez, siempre que se cumplan los requisitos legales de certificación y suscripción exigidos por la normativa vigente.

CTCP 2026-0125


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