CTCP aclara tratamiento contable de los activos intangibles desarrollados internamente
- octubre 9, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), mediante el concepto 2025-0242, precisó que cuando una entidad no pueda distinguir con fiabilidad la fase de investigación de la de desarrollo en un proyecto destinado a crear un activo intangible, todos los desembolsos deberán reconocerse como gasto del período. La entidad reiteró que solo podrán capitalizarse los costos de personal cuando exista evidencia objetiva de que corresponden a la fase de desarrollo y generarán beneficios económicos futuros medibles de forma fiable, conforme a lo dispuesto en la NIC 38 – Activos intangibles.
CTCP 2025-0242
