RUT – Cancelación del RUT por parte de la Superintendencia de Sociedades en un proceso concursal
- diciembre 16, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
No hay comentarios
¿Con ocasión de un proceso concursal a una persona natural, la Superintendencia de Sociedades puede actuar como entidad competente para solicitar la cancelación del RUT?
Si. La Superintendencia de Sociedades de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1116 de 2006 en uso de sus facultades jurisdiccionales puede ordenar la cancelación de un RUT. Sin embargo, de acuerdo con el parágrafo del artículo 1.6.1.2.18 del Decreto 1625 de 2016 dicho trámite de cancelación este sujeto a la verificación del cumplimiento de todas las obligaciones administradas por la DIAN.
Concepto 20581 DIAN