Reservas y superávit de capital en las ESAL: lineamientos contables del CTCP

Reservas y superávit de capital en las ESAL: lineamientos contables del CTCP

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), en el concepto 2025-0247, aclaró que en las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) no existe obligación legal de constituir reservas patrimoniales ni de mantener un superávit de capital. Estas figuras son voluntarias y dependen de lo que establezcan los estatutos y el máximo órgano de dirección, con el fin de fortalecer la sostenibilidad y apoyar proyectos sociales. Contablemente, los excedentes deben reconocerse como parte del patrimonio y documentarse en políticas y notas a los estados financieros. El CTCP recomienda que cualquier decisión sobre reservas o superávit esté debidamente soportada, para garantizar transparencia y cumplimiento normativo

CTCP 2025-0247


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