Reducción del 15% en sanciones cambiarias por pago extemporáneo hasta el 19 de noviembre

Reducción del 15% en sanciones cambiarias por pago extemporáneo hasta el 19 de noviembre

El Decreto 1419 de 2026, expedido en el marco de la emergencia económica por el sismo del 10 de agosto, permite a los usuarios del mercado cambiario con obligaciones incumplidas acogerse a una reducción del 15% en las sanciones por pago extemporáneo. El beneficio aplica hasta el 19 de noviembre de 2026, siempre que el valor cancelado no sea inferior a la sanción mínima prevista para la infracción. Los interesados deben presentar comunicación escrita a la DIAN junto con el soporte del pago mediante formulario 690, manifestando su intención de acogerse al beneficio.


Usuarios del mercado cambiario pueden acogerse a una reducción del 15% en sanciones por pago extemporáneo hasta el 19 de noviembre

El beneficio rige a partir de 10 de agosto y va hasta el 19 de noviembre próximo. El pago no podrá ser inferior a la sanción mínima aplicable al tipo de infracción cambiaria.

Con la expedición del Decreto 1419 de 2026 alusivo a la mitigación de la emergencia económica generada por el terremoto del pasado 10 de agosto; la DIAN invita a los usuarios del mercado cambiario con obligaciones incumplidas a esa fecha; a acogerse a los beneficios establecidos en el numeral 4 del artículo 10 del Decreto 1419 del 17 de septiembre de 2026.

Quienes tienen dichas obligaciones cambiarias podrán pagar el 15 % del valor de la respectiva sanción a más tardar el 19 de noviembre de 2026. La sanción liquidada no debe ser inferior a la sanción mínima aplicable al tipo de infracción cambiaria.

Para los efectos, deben presentar a la DIAN, antes de la fecha límite (jueves 19 de noviembre de 2026), una comunicación escrita acompañada del soporte del pago de la sanción reducida, mediante el Recibo Oficial de pago (Formulario 690), manifestando su interés en acogerse al mencionado beneficio.



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