Reconocimiento contable de software desarrollado internamente: lineamientos de cumplimiento bajo NIIF para PYMES
- diciembre 19, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Mediante el Concepto CTCP 2025-0313, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó los criterios de cumplimiento aplicables al reconocimiento contable de software desarrollado internamente por entidades del Grupo 2 (NIIF para las PYMES). El CTCP reiteró que los desembolsos asociados al desarrollo interno de intangibles, incluidos software y plataformas tecnológicas, deben reconocerse como gasto en el periodo en que se incurren y no pueden capitalizarse como activos intangibles, aun cuando exista expectativa de comercialización futura. Este pronunciamiento refuerza la necesidad de una adecuada aplicación normativa, controles contables consistentes y alineación con los marcos técnicos vigentes para evitar riesgos de incumplimiento en la información financiera.
CTCP 2025-0313
