Quorum y mayorías en la S.A.S.
- diciembre 21, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Comercial
Quorum y mayorías en la S.A.S.
“Una SAS requiere para elegir representante legal suplente el 70% más uno de las acciones sociales, el socio minoritario que posee el 35% está desaparecido, se ha consultado redes sociales y demás y no se ha podido localizar, que solución efectiva hay para adelantar la elección si no se reúne el porcentaje establecido en estatutos sin violar la ley y los mismos.”
Con base en el marco legal y la jurisprudencia aplicable, es posible concluir que en virtud de las significativas innovaciones implementadas en la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), y bajo el supuesto de que no se alcance el quórum deliberativo en una reunión del máximo órgano social, la normativa vigente permite que, en la reunión de segunda convocatoria, la deliberación y toma de decisiones se pueda dar con la participación de un único accionista, prescindiendo así de cualquier requisito de pluralidad para la adopción de determinaciones sociales. Sin embargo, y pese a que no sería aplicable el requisito de pluralidad, se deberá cumplir con el quorum estipulado en los estatutos para tomar determinadas decisiones.