Método de la participación y su impacto en el impuesto diferido: diferencias temporarias y permanentes
- abril 17, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), mediante el Concepto 2026-0075, analiza el tratamiento contable del método de la participación patrimonial (MPP) en relación con el reconocimiento del impuesto diferido. En este contexto, precisa que la diferencia entre el valor en libros de la inversión y su base fiscal constituye, en principio, una diferencia temporaria, susceptible de revertirse en periodos futuros, mientras que los ingresos o gastos derivados del MPP pueden originar diferencias permanentes cuando no tienen efectos fiscales posteriores. Asimismo, aclara que la no contabilización del impuesto diferido, en los casos permitidos por la NIC 12 o la Sección 29 de la NIIF para PYMES, no altera la naturaleza de dichas diferencias, y reitera la independencia entre la normativa contable y fiscal.
CTCP 2026-0075
