Independencia del Revisor Fiscal frente a sus honorarios

Independencia del Revisor Fiscal frente a sus honorarios

El CTCP reafirma que la independencia del Revisor Fiscal no puede verse comprometida por la administración de la entidad. El pago de honorarios aprobados por la Asamblea debe limitarse a la verificación de requisitos administrativos (facturación, seguridad social, obligaciones contractuales), sin condicionarse a informes mensuales ni al visto bueno del administrador o consejo. Cualquier retención de honorarios como mecanismo de presión afecta la objetividad y vulnera principios éticos de la profesión.

CTCP 2026-0187


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