Habitualidad en el comercio

“ART 13. Para todos los efectos legales, se presume que una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:

  1. Cuando se halle inscrita en el registro mercantil;
  2. Cuando tenga establecimiento de comercio abierto, y
  3. Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio”.

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OFICIO 220- 185798 28 DE AGOSTO DE 2023



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