Grupo empresarial con participación de una entidad sin ánimo de lucro – unidad de propósito

Grupo empresarial con participación de una entidad sin ánimo de lucro – unidad de propósito

“1. Actualmente la normativa del Código de Comercio establece los elementos o requisitos para que exista un Grupo Empresarial (Art 260 CCio.) como lo son el control y la unidad de propósito.

Frente al primer elemento es claro, sin embargo, los conceptos de unidad de propósito no lo es tanto, por lo que quisiera preguntar la definición clara que establece del mismo la Superintendencia y si el concepto de unidad de propósito se presume si o no, si existe control por parte de una matriz.

2. En segundo lugar quisiera saber si en caso de existir o verificarse las condiciones para que exista un grupo empresarial, el mismo puede darse con la coexistencia de sociedades y entidades sin ánimo de lucro, es decir si las ESAL pueden ser parte del Grupo Empresarial y en caso de serlo ante quien se presentan los informes especiales consecuencia de la declaratoria de grupo, ya que las ESAL están vigiladas por otra Superintendencia.”

GRUPO EMPRESARIAL CON PARTICIPACIÓN DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO – UNIDAD DE PROPÓSITO


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