Exoneración de la cuota de aprendices en sociedades en reorganización empresarial
- septiembre 16, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Comercial
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Tras la expedición del Decreto 223 de 2026, se estableció expresamente que las empresas acogidas al régimen de insolvencia de la Ley 1116 de 2006 están exentas de contratar nuevos aprendices mientras dure el proceso. La Superintendencia de Sociedades ratificó que los contratos de aprendizaje vigentes antes de la admisión deben cumplirse íntegramente, pero no existe obligación de suscribir nuevos contratos ni de monetizar la cuota durante la ejecución del acuerdo de reorganización. Este criterio armoniza la normativa laboral con el régimen concursal, garantizando continuidad contractual y estabilidad reforzada de los aprendices previamente vinculados.
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