El devengo y el reconocimiento de anticipos

El devengo y el reconocimiento de anticipos

Trabajo con una empresa de transporte de carga, para cumplir nuestro objetivo comercial realizamos por cada viaje un contrato de transporte amparado con un manifiesto de acuerdo a lo de ley, para cumplir el viaje se realiza un anticipo del 65% del valor pactado en dicho contrato.

Se asigna un egreso cumpliendo el consecutivo, se contabiliza el egreso, se debe solicitar por medio de un correo a tesorería indicando el valor pactado del contrato y del anticipo.

Por error no le envié a tesorería la información el mismo día de la elaboración del contrato, lo realicé 11 días después, la señora tesorera y contadora se niegan realizar el respectivo giro de los dineros aduciendo que no se puede por ser de un mes anterior.

Le manifesté que los valores están causados desde el momento que se contabiliza el egreso, y por lo tanto se debe realizar el respectivo traslado a la persona del contrato, se niegan a hacerlo, manifiestan que revesaran contablemente la contabilización del egreso.

Manifiesto que si se pueden revesar también se puede girar.

Agradezco confirmar si estoy en lo correcto solicitando el pago del anticipo normalmente, independiente que sea de agosto la elaboración de los soportes y no de septiembre, le he manifestado que en otras ocasiones se ha realizado pero según ellas siguen con la misma respuesta que no se puede, le hice el comentario que entonces como hacen las conciliaciones bancarias cuando quedan valores de un mes para otro sin contabilizar”.

2023-0462-El-devengo-y-el-reconocimiento-de-anticipos



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