Ejercicio profesional de un extranjero en Colombia

Ejercicio profesional de un extranjero en Colombia

Le recomendamos revisar, entre otros, el concepto 05051, en el cual se expresó lo siguiente:

“(…) Sobre el particular, es importante considerar lo establecido en la Ley 43 de 1990, en lo referente al ejercicio de la profesión contable por un extranjero:

“Artículo 3°. De la inscripción del Contador Público. La inscripción como Contador Público se acreditará por medio de una tarjeta profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores.

Parágrafo 1°. A partir de la vigencia de la presente ley, para ser inscrito como Contador Público es necesario ser nacional colombiano en ejercicio de los derechos civiles, o extranjeros domiciliado en Colombia con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud de inscripción y que reúna los siguientes requisitos:

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