DIAN precisa el tratamiento de los intereses moratorios en el incumplimiento de facilidades de pago con tasa reducida
- enero 2, 2026
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
Mediante el Concepto 019451 de 2025, la DIAN aclaró el alcance fiscal del incumplimiento de las facilidades de pago otorgadas al amparo del artículo 91 de la Ley 2277 de 2022. La Entidad precisó que, cuando una facilidad de pago con tasa de interés moratorio reducida es incumplida, no procede la reliquidación de los intereses ya pagados bajo dicha tasa especial, los cuales conservan su validez. No obstante, el saldo insoluto de la obligación sí deberá generar intereses conforme a la tasa general prevista en el artículo 635 del Estatuto Tributario. Este pronunciamiento aporta seguridad jurídica sobre la aplicación de los beneficios transitorios y delimita los efectos fiscales del incumplimiento, con impacto directo en la gestión de cobro y el cumplimiento tributario de los contribuyentes.
CONCEPTO 019451 DIAN
