DIAN: deducción por dependientes no se prorratea durante el año gravable

DIAN: deducción por dependientes no se prorratea durante el año gravable

La DIAN precisó que la deducción especial de 72 UVT por dependiente prevista en el artículo 336 del Estatuto Tributario no admite aplicación proporcional según los meses en que se mantenga dicha condición. En consecuencia, cuando el contribuyente acredite la calidad de dependiente en cualquiera de los supuestos legales dentro del respectivo año gravable, podrá acceder a la totalidad de la deducción, ya que la norma establece un beneficio anual y no contempla mecanismos de prorrateo. La entidad reiteró que su procedencia depende del cumplimiento de los requisitos legales y de la capacidad del contribuyente para demostrar dicha condición ante eventuales procesos de fiscalización.

DIAN CONCEPTO 017001


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