Descuentos Sindicales – cuota sindical
- abril 1, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Laboral
Descuentos Sindicales – cuota sindical
Por ello, toda persona que tiene el derecho a pertenecer a una organización sindical cualquiera sea su clasificación, tiene obligación de pago de cuota sindical como afiliado a la organización, siendo obligación del empleador, de la empresa, de la institución, del establecimiento o de la entidad empleadora, la de descontar la cuota sindical del trabajador afiliado, debido a que la decisión de un trabajador de afiliarse o no a una organización sindical o de retirarse de ella en cualquier tiempo cualquiera sea su clasificación, deviene de la aplicación del derecho fundamental de asociación preconizado constitucionalmente, siendo la razón por la cual es factible que un trabajador decida la vinculación del Sindicato, debido a que los artículos 38 y 39 de la Constitución Política garantizan el derecho de asociación sindical.
Los sindicatos gozan de autonomía en la organización interna sin injerencia del empleador, pero con la obligación de sujetarse a lo normado en la Constitución y en la ley, para el caso el Código Sustantivo del Trabajo CST., norma que dispone la obligación de la empleadora de descontar la cuota sindical a los afiliados a la organización sindical, le corresponde al sindicato y por ende a sus directivas, según estatutos, el hacer la solicitud a través de sus representantes ante la empleadora, de descuento de la cuota sindical para el trabajador; por lo que se considera que una de las fuentes de financiación de las organizaciones sindicales, lo constituye las cuotas sindicales que pagan en forma ordinaria y extraordinaria sus socios, amén de otras actividades lucrativas que pueden ejercer los sindicatos.
05EE2023120300000091371- DESCUENTO SALARIALES – CUOTA SINDICAL