Depreciación de activos inexistentes o que no están en uso

Depreciación de activos inexistentes o que no están en uso

Para las entidades clasificadas en los grupos 1 y 2, los errores contables deben ser reconocidos de forma retroactiva, aplicando los requerimientos de los marcos técnicos, y generando la reexpresión de los informes financieros cuando ello resulte pertinente. Las entidades del grupo 3, corregirán los errores contables en el período en que los detecte.

CTCP 2025-0227


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