Contrato Revisor Fiscal

Contrato Revisor Fiscal

“(…) La forma de contratación o vinculación de un revisor fiscal es una realidad jurídica mediante un acuerdo de voluntades de dos partes: Asamblea general que elige y quien es elegido que ejercerá el cargo de revisor fiscal quien debe cumplir con las funciones que le ha establecido la Ley y los estatutos de la entidad, como lo ha esclarecido el Consejo de Estado y lo ha reiterado este Organismo.

“Artículo 46. Siendo la retribución económica de los servicios profesionales un derecho, el Contador Público fijará sus honorarios de conformidad con su capacidad científica y/o técnica y en relación con la importancia y circunstancias en cada uno de los casos que le corresponda cumplir, pero siempre previo acuerdo por escrito entre el Contador Público y el usuario”.

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