Certificación del Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario para agosto de 2023

Bogotá, julio 31 de 2023. – Con base en la información semanal reportada por los establecimientos de crédito durante el período comprendido entre el 30 de junio y el 21 de julio de 2023, la Superintendencia Financiera en ejercicio de sus atribuciones legales[1], expidió la Resolución No. 1090 de 2023 por medio de la cual certifica en 28.75% efectivo anual el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 31 de agosto de 2023.

La nueva certificación representa una disminución de 61 puntos básicos (-0.61%) frente a la vigente en julio de 2023 (29.36%).

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884)[2] y para determinar los efectos de la norma sobre usura establecida en el Código Penal (artículo 305). Resultado de lo anterior, para agosto de 2023 los valores resultantes para la modalidad de crédito de consumo y ordinario son:

Interés remuneratorio
y de mora
Usura
43.13% efectivo anual 43.13% efectivo anual

Estos resultados representan una disminución de 91 puntos básicos (-0.91%) con respecto al período anterior.

Consulte:

Comunicado de prensa

Resolución 1090 de 2023

Mas información:

Interés Bancario Corriente

[1] En especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010.

[2] En concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010



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