Causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha
- enero 24, 2024
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
Causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha
Responsabilidad de la administración frente a la evaluación del principio de negocio marcha
Los marcos normativos para los preparadores de información requieren que la gerencia evalué la continuidad de la entidad como un negocio en marcha. Si la administración es consciente de la existencia de “incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en los estados financieros”.
Adicionalmente, el párrafo 26 de la NIC 1 menciona que la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro de la entidad, que deberá cubrir al menos doce
(12) meses siguientes a partir del final del periodo sobre el que se informa, en el mismo sentido, el párrafo 3.8 de la NIIF para las Pymes menciona que la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro de la entidad, que deberá cubrir al menos doce (12) meses siguientes a partir del final del periodo sobre el que se informa.
CAUSAL DE DISOLUCIÓN POR NO CUMPLIMIENTO DE LA HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA