Autorización de reformas estatutarias – fusiones y escisiones

  1. ¿Cuál es el término general que tiene la Superintendencia de Sociedades para pronunciarse de fondo sobre la solicitud de autorización particular para la fusión o escisión entre las Sociedades, en el caso de que esta entidad no tenga requerimientos adicionales y la información entregada por las Sociedades se encuentre completa? Favor especificar el fundamento jurídico.
  1. En el caso de que la solicitud de autorización particular para la reforma estatutaria de fusión o escisión entre las Sociedades sea devuelta por parte de la Superintendencia de Sociedades y esta solicite información adicional. Esto, en razón de que se encuentre incompleta o de que aún se encuentre pendiente la gestión de un trámite a su cargo y las Sociedades completen lo exigido ¿Cuál es el término que tiene la Superintendencia de Sociedades para pronunciarse de fondo sobre la a información enviada? Favor especificar el fundamento jurídico.
OFICIO 220-243377 SUPERSOCIEDADES


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