Aplicación del principio de favorabilidad en el procedimiento de cobro coactivo
- marzo 13, 2025
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Impuestos
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(i) La Corte Constitucional ha señalado que el principio de favorabilidad, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, es un elemento esencial del debido proceso, de carácter absoluto y de aplicación inmediata, prevaleciendo sobre cualquier disposición que lo limite o restrinja.
(ii) Dicho principio tiene reconocimiento en instrumentos internacionales que integran el bloque de constitucionalidad y, por tanto, son vinculantes en el ordenamiento jurídico interno, como el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
CONCEPTO 003508 DIAN