Aclaraciones concepto 2022-0233
- septiembre 15, 2023
- Publicado por: Personal Nexia
- Categoría: Contable
- ¿Al generar este concepto, se evaluó que las empresas deben acarrear con los costos de tener dos contadores?
En cuanto a la pregunta No. 2, este Consejo se ciñe a la función establecida en la ley de dar respuesta a las diferentes inquietudes, desde una perspectiva técnica y de orientación a que se ha hecho referencia. El cumplimiento de las obligaciones definidas en la ley por parte de las organizaciones corresponde a éstas, conlleve o no erogaciones para su aplicación.
- ¿Por qué se configura la certificación de un contador externo? ¿Por qué no es válida la firma del contador de la empresa? ¿Cuál es el sustento jurídico para exigir este contador externo?
Parece conforme a su consulta, que no se ha entendido la diferencia entre certificar y dictaminar un estado financiero a que se refiere la Ley 222 de 1995, por lo cual, le recomendamos la lectura de los artículos 37 y 38 de esta norma, donde encontrará la diferencia entre certificar un estado financiero y dictaminarlo. Lo anterior, en concordancia con lo definido por el artículo 1º de la Ley 43 de 1990 y sobre lo cual se han expedido conceptos por parte de este Organismo, los cuales podrá encontrar en la página web identificada bajo el link: www.ctcp.gov.co/conceptos.