Supersociedades aclara el tratamiento del capital en las S.A.S. y diferencia la devolución de aportes de la distribución de utilidades

Supersociedades aclara el tratamiento del capital en las S.A.S. y diferencia la devolución de aportes de la distribución de utilidades

Mediante el Oficio 115-302037 de 2026, la Superintendencia de Sociedades precisó las diferencias jurídicas y contables entre el capital autorizado, suscrito y pagado en las sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.), así como el tratamiento aplicable a la devolución de aportes y la distribución de utilidades. El concepto recuerda que la devolución de aportes implica una reducción del patrimonio aportado por los socios, mientras que la distribución de utilidades corresponde al reparto de las ganancias generadas por la sociedad, operaciones con efectos contables y societarios distintos.

OFICIO 115-302037 SUPERSOCIEDADES


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